Hay tres tipos de órdenes:
1. LIMITADA
En LA ORDEN LIMITADA especificamos el precio límite al que queremos comprar o vender.
Si la orden es de COMPRA el precio que fijemos será el máximo que estamos dispuestos a pagar por el valor y si la orden es de VENTA el precio será el mínimo que estamos dispuestos a recibir por vender nuestras acciones.
Este tipo de orden tiene la ventaja de que aunque se ejecute la orden en varias veces, al ser al mismo precio, solo pagaremos una comisión.
En el mercado español se pueden dar este tipo de órdenes con una validez de hasta 90 días.
2. POR LO MEJOR
Este tipo de órdenes atacan al mejor precio que haya en la contrapartida en el mercado.
Con este tipo de orden el precio de ejecución dependerá de la mejor posición opuesta que haya en el mercado.
Es decir, si la orden es de compra, el precio que tomará será el de la mejor posición de venta que haya en esos momentos; y si la orden es de venta, el precio que tomará será el de la mejor posición de compra que haya en esos momentos.
Si la orden no se ejecuta en su totalidad, el resto de títulos quedará en el mercado esperando al precio de la primera ejecución. Tiene la ventaja de que al ejecutarse toda la orden al mismo precio solo pagaremos una comisión.
3. A MERCADO
Se lanza la orden sin especificar el precio de compra/venta y la orden se ejecuta a los precios que haya en ese momento; lo que esta orden hace es «barrer el mercado», es decir comprar o vender todas las posiciones contrarias hasta completar el número de títulos que hayamos especificado.
Este tipo de orden permite asegurar que la compra o venta se ejecuta en su totalidad, siempre que haya títulos suficientes en las posiciones contrarias, aunque seguramente se hará a diferentes cambios y el coste final de la compraventa se incrementará, porque tendremos un aumento de comisiones.
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